Capitalizar el paro: así puedes solicitar el pago único para ponerte por tu cuenta

¿Te han despedido de tu anterior trabajo? Puede ser una oportunidad para crear un proyecto empresarial propio y hacer realidad ese sueño. Los años de experiencia acumulados te servirán en la nueva etapa en la que, a buen seguro, necesitarás financiación. Puedes capitalizar el paro para ser autónomo o para crear una empresa.

capitalizar el paro

Capitalizar el paro es una alternativa muy interesante para cualquier futuro autónomo que anteriormente ha trabajado por cuenta ajena y tiene derecho al subsidio por desempleo (el paro). Te explicamos cómo obtener el pago único del paro.

Capitalizar el paro: requisitos que debes cumplir

Capitalizar el desempleo en un único pago es una opción que contempla el SEPE para aquellos trabajadores por cuenta ajena que tienen en mente abrir su propio negocio, ya sea como autónomos o constituyendo una sociedad. 

De esta forma, en vez de recibir todos los meses el paro, el Estado lo ingresa en una única partida. Existen 3 casos en los que puedes capitalizar el paro:

  • Vas a ser socio trabajador en una cooperativa o en una sociedad laboral.
  • Si te vas a dar de alta como autónomo.
  • Si vas a aportar el capital social para una sociedad mercantil y tengas el control de esta 

Salvo en el segundo caso, la entidad puede estar ya constituida con anterioridad. Ahora bien, para que lo concedan, debes cumplir una serie de condiciones. 

En primer término, el futuro emprendedor no ha de constar como autónomo aún en la Seguridad Social. Este es un error muy habitual en el que incurren los inexpertos. 

Si es tu primera vez, te recomendamos acudir a una asesoría legal y fiscal que te oriente en todo el proceso, con la documentación y sobre todo con los tiempos.

Por ejemplo, aquellos trabajadores que han solicitado una capitalización en los últimos cuatro años no pueden volver a solicitarla. Tampoco si te han despedido y lo has impugnado: hasta que no se haya resuelto no podrás solicitar el pago único. 

Si ya estás percibiendo el subsidio de desempleo, pero no quieres agotarlo por completo, debes calcular que debes calcular que reste al menos 3 meses de paro. 

Cómo capitalizar el paro: documentación y plazos que debes tener en cuenta

La capitalización del desempleo exige al interesado que este presente una solicitud formal. Por suerte se puede entregar de forma telemática a través del SEPE, además de tener la ocasión de acudir a una oficina de prestaciones física (recuerda que hay que pedir cita previa para ello). 

En la propia página web del SEPE puedes acceder al modelo oficial. Se encuentra en la sección ‘Pago único de la prestación contributiva’. 

Documentación para solicitar la capitalización del paro

Además de dicha solicitud debes adjuntar tu documento de identificación personal (DNI, pasaporte, NIE, tarjeta de Identidad de Extranjero, según tu situación), así como una memoria explicativa del proyecto en el que detalles cuál es la inversión que requiere, siempre con los importes sin IVA, y la documentación que acredita la viabilidad del proyecto. 

Si te incorporas a una cooperativa o sociedad ya constituida tendrás que sumar la certificación del Consejo Rector en el caso de la primera figura, o del órgano de administración en la segunda, que ratifique la solicitud de ingreso y la condición de socio estable. Si se fija un periodo de prueba debe explicitar la duración.

gestoria para autonomos

Si la capitalización del paro es para constituir una cooperativa o sociedad, se ha de presentar un documento privado por los socios de la cooperativa o sociedad con la identidad de los socios, su voluntad de constituir la forma jurídica que corresponda y las condiciones de trabajo estable, así como las aportaciones del socio trabajador solicitante del pago único.

Por último, ha de adjuntarse el proyecto de estatutos de la cooperativa o la sociedad laboral en el que conste la proporción de participación de cada socio, y cómo va a ejecutarlo, así como la memoria y el plan de viabilidad. 

Una vez te han aprobado la capitalización del paro también tienes que presentar más documentación:

  • El alta en la Seguridad Social como autónomo
  • Los justificantes de la inversión realizada. 
  • Los acuerdos de admisión y pago de la participación en la sociedad mercantil o en la cooperativa. Si es de nueva constitución, el documento de constitución, y su inscripción en el registro que corresponda.

¿Asusta? Tranquilo. Contrata una gestoría en Valladolid y te olvidas de todo este trasiego de papeles y visitas y te centras en levantar tu proyecto. Son los momentos de mayor estrés y presión para ti. 

Tipos de pagos que te pueden conceder

La capitalización del paro puede adquirir 3 formas distintas:

  • Pago único de importe de la prestación que te quede por recibir, sea esta completa o parcial si has cobrado paro ya algún mes. 
  • Subvención de las cuotas de la Seguridad Social.
  • Pago de parte del paro y subvención de parte de las cuotas como autónomo en un 50% cada partida según la nueva Ley de Fomento del Trabajo Autónomo (antes era el 100%).

¿Cuánto tardan en ingresar el pago único?

Esta es una de las dudas más habituales entre los nuevos empresarios que pueden optar a la capitalización del paro. ¿Cuándo se paga? Es comprensible: poner en marcha un negocio exige una inversión, y muchos cuentan con esta partida entre sus recursos. 

Por desgracia para sus expectativas, la Administración no establece un plazo para resolver la concesión o no. No obstante, según nuestra experiencia como asesoría fiscal para autónomos en Valladolid, resuelven aproximadamente en un mes: tiene 15 días para resolver la solicitud y 10 para ejecutarla.

¿Hay que devolver el pago único si cierra el negocio?

El pago único del paro debe emplearse únicamente para las inversiones que marca la Administración. En caso de pago indebido, puede solicitar al beneficiario la devolución de la capitalización. Ahora bien, ¿qué ocurre si el negocio no va como esperabas?

Incluso si cuentas con un plan de viabilidad, nunca hay una certeza absoluta de que el negocio funcionará. Si, por el motivo que sea, el negocio no se puede mantener, el SEPE exigirá al empresario que acredite las razones objetivas que llevan al cierre del proyecto. 

En estos casos es muy común que te exijan las facturas de todas las inversiones en las que has utilizado el pago único. 

Estas facturas también han de cumplir con una serie de prerrogativas:

  • Su fecha será posterior a la de la solicitud de capitalización.
  • Las compras serán acordes al plan de inversión presentado en la memoria.
  • Irán selladas por el proveedor.
  • Tener fotocopia de todo. 

Si se ha cumplido con todo, resolverá que no hay nada que objetar. Por tu parte, únicamente deberás contemplar la prestación como un rendimiento del trabajo e incluirlo en la liquidación del IRPF el año que se produzca el cierre de la empresa. 

¿Tienes dudas de si te conviene o no capitalizar el paro? Contacta con nuestra gestoría en Valladolid y te ayudaremos con todo este tipo de trámites para autónomos.

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