Tipos de despidos en las empresas

Conocer los tipos de despidos en las empresas siempre es necesario a la hora de tener unas nociones mínimas del entorno laboral. Tanto el trabajador como el empresario deben conocer sus derechos y deberes a la hora de prescindir o abandonar una empresa.

Tipos de despidos en las empresas

Como asesoría laboral en Valladolid nosotros te aconsejaremos acerca de cómo proceder en función de cada situación. Pero para que tengas los conceptos un poco más claros, te hablaremos de los tipos de despidos en las empresas.

 

Despidos generales llevados a cabo por las empresas

La compañía puede llevar a cabo un despido de manera legal por distintos motivos. Las causas pueden nacer directamente desde la situación complicada de la empresa o bien como una consecuencia de la actitud del trabajador con respecto a su puesto. Estos son los tipos de despidos en las empresas más comunes.

 

Despido objetivo

Este despido está directamente relacionado con el Estatuto de los Trabajadores. En concreto con el artículo 52, en el que se específica “causas objetivas” para extinguir el contrato y pueden ser ajenos al trabajador.

La manera de proceder para este caso es muy clara:

-Indemnización de 20 días por año trabajado para el empleado hasta un máximo de 12 mensualidades. Si es inferior a un año de trabajo, se prorratea por meses.

-Notificación escrita del despido donde se especifique claramente la causa o causas del mismo.

Es muy importante saber proceder en este caso, ya que de demostrarse ante un juez que es improcedente, los días de indemnización serían mayores.

Causas despido objetivo

Estos motivos se refieren, en cuanto al empleado, a ineptitud del trabajador en su puesto y faltas de asistencia al trabajo, como por ejemplo el 20% de la jornada en dos meses consecutivos. También pueden estar motivados por la situación de la empresa, como que necesita reducir costes para seguir adelante. El caso más común de todos ellos es en el que la empresa demuestra que se encuentra en pérdidas o tiene caída en las ventas durante 3 trimestres.

 

Despido disciplinario

En este caso está directamente relacionado con un incumplimiento grave del contrato. Por lo tanto viene motivado exclusivamente por una falta del propio trabajador, único culpable del despido.

La embriaguez, el acoso en todas sus formas, ofensas verbales y físicas o filtraciones de información a la competencia son las causas que motivan este tipo de despido.

De igual manera, deberás:

-Comunicar por escrito al trabajador el despido disciplinario

-Indicar los actos y hechos que se han realizado, además de especificar la fecha en la que se hará efectivo el despido.

Conviene conocer que, posteriormente, un juez puede decretarlo despido procedente, improcedente o nulo.

 

Despido Colectivo

Se trata de un despido grupal, menos común, pero también existente. Se llega a ello exclusivamente por causas de producción, organizativas y económicas de la propia empresa. Si no se pudieran demostrar o probar, este despido no tendrá validez legal.

Es la propia empresa por tanto la responsable única y directa del despido, que tiene lugar en un plazo de noventa días.

El número de trabajadores al que afecta vendrá marcado por la propia constitución de la empresa:

-Más de 5 trabajadores: se despiden a todos

-Con menos de 100 empleados: 10 trabajadores

-Entre 100 y 300 empleados: 10% de los trabajadores

-Más de 300 empleados: 30 trabajadores

 

Clases de despidos judiciales si el trabajador los reclama

Hemos hablado de los tipos de despidos en las empresas, pero queda por saber algo fundamental: si esa clase de despidos son correctos legalmente. Para eso hay diferentes clases de despidos judiciales si el trabajador los reclama.

Es decir, aquí están los tipos de despidos que un juez validará legalmente y, por tanto, las consecuencias finales que tendrán tanto para el trabajador como para la empresa.

 

Despido nulo

El motivo será nulo cuando se incurre en discriminaciones recogidas en la Constitución Española o se han vulnerado los derechos del trabajador.

Consecuencia: Readmisión al instante del trabajador y abono de los salarios correspondientes durante el tiempo que no ha estado trabajando.

 

Despido procedente

Se produce cuando ha cumplido con todo el marco legal. Es decir, la forma de proceder de la empresa y las causas presentadas están probadas. El juez considerará, por tanto, que se ha efectuado el despido correctamente.

Por eso, un despido procedente disciplinario es aquel que se demuestra ante un juez que el trabajador, efectivamente, ha incurrido en una falta grave y es el verdadero culpable de la misma.

Si se tratara de uno por causas objetivas, la indemnización al trabajador será de 20 días por año trabajado.

 

Despido improcedente

En este caso el despido no cumple con los requisitos que establece la ley o la empresa no ha demostrado con pruebas convincentes ante el juez ese incumplimiento laboral.

Por tanto, las causas del despido improcedente están directamente relacionadas

Consecuencia: Trabajador ha de ser readmitido o la empresa tiene la posibilidad de entregar una indemnización. En este caso puede ser:

-De 45 días por año trabajado, en un máximo de 42 mensualidades, si ha trabajado hasta el 12 de Febrero de 2012 (antiguo marco legal).

-De 33 días por año trabajado en un máximo de 24 mensualidades.

Hay un asunto que conviene tener claro: cualquier despido puede considerarse improcedente si no se puede demostrar las razones de su tipo.

 

Indemnizaciones por despidos: cuándo tienes derecho a reclamarla

En los tipos de despidos en las empresas, las indemnizaciones pueden llegar por distintas vías y dependiendo del que se trate. En el que se recibe indemnización directamente es en el de causas objetivas.

Recuerda: 20 días por año trabajado. Si no se realiza correctamente (entregando indemnización junto con la carta de despido) podría reclamarse y ser improcedente.

En lo que respecta a reclamar una indemnización, se entenderá mejor exponiendo los casos en los que NO existe ese derecho, tales como:

Dimisión del trabajador

Cláusula expresa que así lo indique en el contrato

Jubilación o incapacidad permanente

Despido disciplinario, evidentemente

-Fin a contratos formativos o de interinidad

 

Diferencia entre despido procedente e improcedente

Radica fundamentalmente en que el juez pueda demostrar o no que ese despido se ha realizado en base a la ley. Si legamente es correcto en su forma y causas probadas entonces será procedente, y si no se pudiera demostrar o la empresa se ha saltado la ley, se considerará improcedente.

 

Confía en una asesoría laboral para los despidos en empresas

Ahora que ya conoces los tipos de despidos en las empresas, esperamos que tengas más claro la forma de proceder en cada situación. Y recuerda que nuestra Gestoría en Valladolid te asesorará con todos los trámites laborales de cualquier índole que se presenten.

 

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