Campaña de la Renta 2022: ¿qué tener en cuenta en la declaración?

La nueva campaña de la Renta 2022 arrancará el 11 de abril, y concluirá el 30 de junio, fijando distintos plazos, tanto para ejecutarla como para presentarla, en función de si se presenta la declaración por internet, telefónicamente o de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.

renta 2022

Algunas de las novedades tienen carácter retroactivo para la próxima campaña de Renta 2023, como algunas rebajas fiscales en algunas autonomías y el registro fiscal de las criptomonedas, ya que en este ejercicio no ha habido consenso al verse involucrada la Ley de Protección de Datos.

El Gobierno y las Autonomías han fijado nuevas modificaciones fiscales de tipo en el IRPF con objeto de favorecer mediante deducciones y aumentos de rentas las situaciones precarias de la mayoría de contribuyentes, y obtener mayor recaudación. 

Plazos para presentar la Declaración de la Renta 2022

La Agencia Tributaria ha establecido los siguientes plazos dependiendo del modo de realizar la contribución al fisco.

  • Se inicia el 11 de abril y se prolongará hasta el 30 de junio cuando de manera ordinaria la declaración se presente vía Internet.
  • Desde el 5 de mayo hasta el 30 de junio se podrá tributar también por teléfono a través del plan “Le llamamos”, con el fin de evitar desplazamientos ni esperas para la asistencia a oficinas de los contribuyentes.
  • Entre el 1 de junio hasta el 30 del mismo mes el contribuyente podrá presentar su declaración de forma presencial en las oficinas del organismo oficial tributario.

Particularidades en las fechas de la Renta 2022 que te interesa conocer

No obstante, las declaraciones con cálculo de no devolución, es decir, con resultado a ingresar y domiciliación bancaria el plazo termina el 25 de junio. 

Del mismo modo, aquellos contribuyentes que opten por hacer su declaración por teléfono o de forma presencial es necesario pedir cita previa unos días antes a los teléfonos: 901 121224/ 91 5357326 o en el 901 223344/91 5530071.

Las solicitudes para una presentación telefónica de la renta están abiertas desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio, y para solicitar cita presencial es desde el 25 de mayo hasta el 20 de junio. 

El 6 de abril ya puede solicitar el borrador para quien opte presentar la declaración por Internet.

Para el tributario con pago fraccionado el abono del segundo pago concluye el 5 de noviembre, y Hacienda tendrá fecha límite para las devoluciones hasta el 31 de diciembre.

Atrasarse en la entrega de la declaración cuando hay obligación de presentar la declaración del IRPF puede suponer una sanción. Lo más conveniente es hacer correctamente la declaración, aun cuando no se esté obligado a presentarla porque salga a devolver.

Novedades en la Renta 2022

A pesar de que la declaración de la renta es un trámite tributario anual al que millones de contribuyentes ya están acostumbrados, es importante conocer las novedades en materia de impuestos y deducciones, junto a los nuevos límites en los planes de pensiones y de los ingresos que la Agencia Tributaria ha establecido. Las nuevas novedades en la Renta 2022 marcan la obligación o no a hacer esta gestión a personas físicas, trabajadores por cuenta propia y empresas.

Te presentamos los cambios que se han establecido tanto a nivel nacional como en autonomías.

Cambio en el Impuesto de Patrimonio

Se incluye para este ejercicio una subida del 1% para patrimonios superiores a los diez millones de euros, hasta alcanzar un gravamen del 3,5%.

La aportación a los planes de pensiones

Se ha dispuesto una aportación individual máxima para cada contribuyente a los planes de pensiones privados con derecho a deducción en el IRPF que no sobrepase los 1.500 euros anuales.

Para los planes de empresa se han ampliado las aportaciones máximas con derecho a deducción, estableciéndose en los 8.500 euros.

Incremento del límite de las rentas

Con la nueva modificación el límite de los ingresos sube hasta los 15.000 euros de renta anual por declarante, ya provenga de dos o más pagadores. Con ello crece el número de contribuyentes que no están obligados a tramitar su declaración, aunque pueden hacerla en caso de que salga a devolver.

También cambia el límite para presentar la declaración a trabajadores, o en declaraciones conjuntas, que hayan percibido una renta de un solo pagador no superior a 22.000 euros, quedando exentos de la obligación tributaria. 

No obstante, en ese mismo límite, tendrán que declarar quienes tengan ingresos cuya suma percibida proceda de uno o más pagadores, siempre que en su conjunto superen 1.500 euros anuales. Tal puede ser el caso de trabajadores que hayan alternado ingresos entre SEPE y empresa o del Estado, pues estas entidades para Hacienda cuentan como pagadores. 

Todos los autónomos deben hacer la declaración siempre, aunque no hayan ingresado más de 1.000 euros en el año.

Deducción por maternidad

Con los nuevos cambios se permite aplicar una reducción por maternidad a las madres sin empleo fijo o en paro, o aquellas que perciben prestaciones contributivas o asistenciales. Hasta ahora, las deducciones por maternidad solo se aplicaban si la mujer realizaba actividad por cuenta propia o ajena. 

En 2022 la deducción universal por maternidad es de 100 euros por cada hijo menor de tres años, pudiéndose solicitar mensualmente o percibirla en un solo pago al hacer la declaración del IRPF; esto último puede contribuir a que el resultado de la declaración sea negativo.

Rebaja en el IRPF para los autónomos

En este ejercicio de renta se incluye una rebaja adicional de cinco puntos porcentuales en el rendimiento neto de módulos, además de la reducción automática del 5% ya existente para los autónomos que tributaban por estimación directa simplificada. No obstante, el importe máximo de deducción anual se limita a 2.000 euros, en los que se incluyen los gastos deducibles de difícil justificación.

Deducciones autonómicas que NO aplican en nuestra comunidad

Se verán cambios importantes en la deducción del IRPF en las comunidades de Madrid, Comunidad Valenciana, Andalucía, Galicia y Murcia. Así, en la Comunidad de Madrid las rentas con un sueldo bruto de 20.000 euros disfrutarán de un beneficio fiscal del 6,26%, los salarios hasta 32.000 euros anuales reducirán la cuota el 2,71%, y la reducción del 1,49% para sueldos anuales de hasta 90.000 euros.

La Comunidad Valenciana establece también una rebaja de la carga impositiva en función de la renta: hasta 10.000 euros de ingresos el 21,2%, hasta 20.000 euros el 7,28%, hasta 30.000 euros el 2,23%, hasta 60.000 euros el 0,37%, quedando inalterables las rentas que sobrepasen esta cantidad.

Andalucía ha suprimido el Impuesto de Patrimonio, además de reducir la cuota del IRPF en un 4,3% para las rentas más bajas, al igual que lo han hecho en las comunidades de Galicia y Murcia.

Por desgracia, en Castilla y León no han optado por aplicar ninguna de estas modalidades de deducciones en el IRPF

Otras novedades fiscales

La creación del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, de carácter estatal y no susceptible de cesión a las comunidades autónomas, se configura como un nuevo tributo complementario del Impuesto sobre el Patrimonio, y con el que se gravará una cuota adicional a la persona física cuyo patrimonio sea superior a 3.000.000 de euros.

Con respecto a las inversiones en criptomonedas, Hacienda establece que solo habrá obligación de declarar las monedas digitales con las que se ha negociado, tanto si ha habido pérdidas o ganancias.

Recuerda que las nuevas medidas fiscales que abordamos a principios de año no tienen aplicación para esta declaración de la Renta, pero sí hay que tenerlas en cuenta para el próximo ejercicio.

Prepara con antelación tu declaración de la Renta 2022

A pesar de que existe la opción de presentar la declaración de la Renta 2022 directamente desde la Agencia Tributaria, te aconsejamos que acudas a una gestoría para hacer la Renta, ya que nosotros velaremos por tus intereses financieros a fin de que te salga a devolver; y si no es posible, que pagues lo menos posible. Ya seas particular o empresa, pide cita con nuestros asesores fiscales en Valladolid lo antes posible.

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