En el mes de julio del año 2021, el Boletín Oficial del Estado publicó una nueva ley en España, conocida como la Ley Antifraude. Esta ley se enfoca en la prevención y lucha contra el fraude fiscal, además de transponer la Directiva (UE) 2016/1164 del Consejo, que establece normas contra las prácticas de elusión fiscal que afectan directamente el funcionamiento del mercado interior. La Ley 11/2021 también implica cambios en diversas normas tributarias y en la regulación del sector de los juegos de azar.
Una de las novedades más destacadas de esta ley es la implementación del Sistema de Información Inmediata (SII), que obliga a autónomos y empresas a utilizar programas informáticos que soporten procesos contables, de facturación o de gestión que garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros. Esta medida busca mejorar la transparencia en las transacciones comerciales y reducir el riesgo de fraude fiscal.
La Ley Antifraude es una normativa aprobada en España en diciembre de 2020 que busca combatir la evasión fiscal y otros delitos financieros en el país. Esta ley, que entró en vigor julio de 2021, introduce una serie de medidas para aumentar la transparencia en las transacciones comerciales y reducir la posibilidad de fraude fiscal.
Entre las medidas más destacadas se encuentra la obligatoriedad de emplear la factura electrónica en transacciones comerciales que superen los 1.000 euros entre empresas y profesionales, la lucha contra la economía sumergida, la creación de un registro de personas jurídicas y la limitación de los pagos en efectivo.
Además de las medidas contra el fraude contable, la Ley Antifraude también incluye otras medidas importantes. Entre ellas, destacan:
Inicialmente, se anunció que la obligación de contar con programas de software adaptados entraría en vigor el 1 de enero de 2024, sin embargo, ahora parece que se ha postergado la fecha para el 1 de julio de 2024.
Asimismo, los desarrolladores y comerciantes de programas de facturación tendrán un plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor de la orden ministerial que desarrolle el reglamento para ofrecer sus productos adaptados. Es importante tener en cuenta que, debido a que el reglamento de la Ley Antifraude sigue en desarrollo, existe cierta incertidumbre en cuanto a su aplicación.
¿Eres autónomo y aún utilizas plantillas de programas de gestión de contenidos como Excel o Word para hacer tus facturas? La ley Antifraude no permite el uso de facturas en Excel o en plantillas de Word. Esto se debe a que estos programas permiten hacer modificaciones, alterar la información o incluso eliminarla, lo que no cumple con la normativa.
Además, es difícil que el formato de estas plantillas cumpla con los requisitos de la factura electrónica que se empezará a implantar en los próximos años para las operaciones entre autónomos y empresas. Por lo tanto, se recomienda emplear programas de facturación y contabilidad que cumplan con los requisitos legales y técnicos establecidos.
Desde el 11 de octubre de 2022, todos los programas de software que manejen procesos de contabilidad, facturación o gestión empresarial deben cumplir con la normativa aplicable.
La fabricación, producción y comercialización de sistemas y programas informáticos o electrónicos que permitan llevar contabilidades distintas, omitir transacciones, registrar transacciones distintas a las anotadas o alterar transacciones ya registradas será considerada una infracción tributaria grave.
Sin embargo, la obligación de cumplir con las especificaciones técnicas que garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, así como la legibilidad por parte de los órganos competentes de la Administración Tributaria, se encuentra sujeta al posterior desarrollo reglamentario.
Asimismo, los sistemas que no estén certificados, a pesar de estar obligados por la disposición reglamentaria, también serán objeto de sanciones.
La Ley Antifraude contiene medidas sancionadoras para aquellas empresas que empleen una doble contabilidad, así como para los proveedores de software que lo permitan.
En el caso de las empresas que utilicen o posean programas de doble uso, la ley prevé multas de hasta 50.000 euros.
Por otro lado, los proveedores de software que fabriquen, produzcan o comercialicen programas de gestión de doble uso podrán ser sancionados con multas de hasta 150.000 euros.
Estas sanciones se aplicarán para cada ejercicio económico en el que se produzcan ventas. Recuerda que la entrada en vigor del reglamento que desarrolle esta ley está prevista para el 1 de julio de 2024 y, en consecuencia, aún hay incertidumbre sobre su aplicación.
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