La opción de elegir entre renting o leasing dependerá en parte del formato ideal de negocio. En ambos arrendamientos se establece un contrato que facilita el uso de un bien durante un determinado periodo de tiempo, sin asumir grandes riesgos y permitiendo alquilar cualquier bien mueble o inmueble: automóviles, equipamientos industriales e informáticos o tecnológicos.
Pero, para pymes y profesionales autónomos es importante contrastar la conveniencia de formalizar un contrato renting o leasing, ya que se trata de contratos diferentes. Entre renting o leasing existen diferencias que pueden resultar determinantes a la hora de tomar la opción más adecuada entre ambas.
El renting es un método de alquiler mediante el cual el arrendador concede al arrendatario el derecho a utilizar el bien alquilado durante un periodo de tiempo estipulado, dentro del cual se efectuarán los pagos periódicos por el uso del bien.
Dichos alquileres se fijan generalmente a largo plazo o en función de la utilidad y necesidad del bien que se proporcione a la pyme o al autónomo. El contrato puede ser renovado o ampliado en las mismas condiciones, optar por un nuevo contrato o cancelarlo y devolver al activo.
La compañía de renting es el titular y propietario del mismo y quien se encarga de gestionar todos los servicios que implica el empleo de tal activo.
El contrato que se establece con el renting es meramente mercantil, ya que no se transfiere la propiedad del arrendador al arrendatario, pero los gastos de las cuotas cuentan a la hora de las deducciones fiscales.
El leasing, también conocido como arrendamiento financiero, consiste en permitir a las empresas, autónomos y particulares arrendar bienes o activos que necesitan para desarrollar su negocio, estableciendo un contrato financiero flexible, y regulado por Ley, entre el arrendador y arrendatario.
Para formalizar un arrendamiento leasing el cliente abona una cuota de entrada y otra fija mensual, asumiendo todos los gastos que conlleve tener el bien en propiedad (mantenimiento, seguros, averías, etc.).
Ambas cuotas dependerán del valor del bien, y servirán para la adquisición del mismo una vez finalizado el plazo de arrendamiento, aunque también el arrendatario puede devolverlo, renovar el contrato u optar por aquella modalidad de arrendamiento que más se adecue a las expectativas y funcionamiento del negocio.
El proceso de leasing se realiza generalmente a través de una entidad crediticia para que el autónomo o empresa (pyme) pueda adquirir el bien sin hacer una gran inversión inicial.
Con el leasing, al igual que con el renting, se puede alquilar todo tipo de bien, pero con la particularidad de tener opción de compra a largo plazo, finalizado el arrendamiento.
Así, básicamente existen dos opciones de leasing en función del tipo del bien: leasing mobiliario para alquilar bienes muebles, como equipos técnicos, maquinaria, leasing de vehículos, etc., y el leasing inmobiliario cuando el arrendamiento se establece sobre locales, oficinas, plantas industriales, naves, etc.
En cuanto a la fiscalidad, en el leasing el bien se incluye en el activo inmovilizado y en el pasivo de la empresa o en las cuentas de los autónomos.
Leasing y renting, aunque son dos opciones de arriendo sobre cualquier tipo de bien que presentan ciertas características similares, en la realidad son muy diferentes.
Ambas opciones de arrendamiento cuentan con ventajas o puntos a favor y desventajas o en contra, aunque la elección entre leasing o renting irá en función de las necesidades y situación de la empresa o autónomo.
Quien no quiere correr riesgos la mejor opción es el renting, ya que permite cambiar el objeto del arrendamiento con mayor frecuencia, cancelar en cualquier momento y contratar de nuevo para disfrutar de modelos más nuevos y mejor equipados.
Si lo que se pretende es adquirir un bien, pero no hacer un fuerte desembolso inicial, el leasing es la modalidad más apropiada, ya que proporciona la propiedad a largo plazo, aunque ello te genere tramitaciones y gastos menores.
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