Diferencias entre denominación social, nombre comercial y marca

En ocasiones hay empresas que, cuando se constituyen como tal para iniciar una actividad, tienden a confundir o entremezclar los conceptos de denominación social, nombre comercial y marca. A fin de arrojar claridad en este aspecto empresarial, nuestros gestores de empresa en Valladolid tratarán de esclarecer en qué consiste cada uno de estos signos distintivos. 

La necesidad de ellos radica en que a través de estos signos se permite identificar y distinguir a cada empresa para ganar cuota de mercado, y poder tener uso exclusivo de dichos distintivos frente a la competencia, y al consumidor.

Qué es la denominación social

La denominación social, también conocida como razón social, es lo que identifica a una persona/empresa jurídica, y como tal tiene su CIF, que es el DNI de la empresa. 

Esta identificación se obtiene al registrar la empresa en el Registro Mercantil, es exclusivo y con ella cualquier empresa podrá arrancar su actividad, emitir facturas y realizar todo tipo de acciones legales y burocráticas.

Generalmente, la denominación o razón social hace referencia a la descripción de la actividad y suele utilizarse únicamente para figurar en asuntos legales.

Qué es el nombre comercial

El nombre comercial es un signo que identifica a la empresa y su actividad en el tráfico mercantil. Con este distintivo se diferencian las empresas, aunque desarrollen actividades idénticas o similares.

Esta figura empresarial se halla regulada en la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, en la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes y en la Ley de la Propiedad Industrial de 1902, y tiene un gran valor activo para la empresa, por lo que su registro hay que hacerlo de inmediato para fijar los derechos exclusivos y así poder alcanzar mejor posición comercial en el mercado.

El nombre comercial no representa un servicio o producto, pero sí identifica las actividades de la empresa y tiende a ser atractivo y memorizable al poder representarse gráficamente.

Qué es la marca

La marca está referida al elemento distintivo que forma parte de la identidad de un producto o servicio dentro de la actividad empresarial. Pueden ser marca palabras o combinaciones de palabras, imágenes, figuras, gráficos, letras, cifras, …, y es necesario inscribirla en la Oficina de Patentes y Marcas, al igual que el nombre comercial, para distinguir un producto o servicio de los demás en exclusiva. Si no se registra la marca, logotipo o distintivos corporativos no serán exclusivos en propiedad, por tanto, cualquier persona puede utilizarlo a su favor. Le explicamos todo sobre el registro de marcas y patentes aquí.

Marca, denominación social y nombre comercial: ¿pueden registrarse con el mismo distintivo?

Para concentrar sus esfuerzos e inversiones, las empresas deben iniciar su actividad eligiendo una seña de identidad, para proteger su denominación social, nombre comercial y marca.

Si bien no es posible la existencia de una misma razón social aun cuando sean actividades mercantiles diferentes, sí pueden coexistir en el Registro nombres comerciales idénticos o similares y marcas, siempre que estén destinados a distintos ámbitos de mercado y pertenezcan a titulares distintos.

También, se permiten registrar hasta 45 marcas de productos o servicios bajo una misma solicitud, aunque hay que realizar tantos pagos como marcas se designen en el impreso.

Diferencias entre razón social, nombre comercial y marca

En la propia definición de cada concepto quedan reflejadas las diferencias distintivas.

La razón social es el nombre y firma por el cual es conocida una empresa en su ámbito mercantil, ya sea inscrita de forma comunitaria, colectiva o anónima. La inscripción social va dirigida a tener un atributo legal para demostrar una actividad legal, facturar, tributar, frente a subvenciones, etc., e identifica a una persona o corporación jurídicamente. Esta denominación social identifica la empresa legalmente, y se inscribe en el Registro Mercantil Central.

Sin embargo, la marca registrada está referida al derecho exclusivo de propiedad industrial que tiene una persona física o jurídica, y cuyo nombre no tiene por qué coincidir con el que aparece en el Registro de Marcas y Patentes. Este signo supone el distintivo en exclusiva de los productos o servicios de la empresa, y su empleo diferencia sus diferentes productos o servicios frente a la competencia.

Los nombres comerciales distinguen, como propiedad industrial, una empresa de otra en el mercado, aunque esté registrada con nombre igual o similar a otra. Equivale a la seña de identidad de una empresa dentro del tráfico mercantil.

Estos dos últimos conceptos han de inscribirse en la Oficina Española de Marcas y Patentes. En la práctica una sociedad mercantil tiene que tener obligatoriamente su razón social que, en ocasiones, coincide con el nombre comercial.

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