Saber cómo disolver una sociedad, aunque no es un momento agradable, sí que conviene tenerlo en cuenta cuando posees una empresa. Desde nuestra gestoría en Valladolid te daremos los detalles que debes conocer.
Has de saber que existen ciertas particularidades cuando llega la hora de poner fin a tu empresa. Y también que quizá te convengan otro tipo de fórmulas en función de tu situación.
Antes de embarcarte en ello, en nuestra asesoría laboral para autónomos siempre queremos que nuestros clientes lo tengan claro. Disolver y cesar una empresa no es lo mismo.
Cuando se cesa una sociedad simplemente se esta paralizando su actividad, pero no quiere decir que sea su fin. Tan solo es una pausa empresarial que permite, de forma económica y rápida (puesto que sale más rentable que su disolución y cierre), reanudar su funcionamiento sin mayores problemas. Suele ser una opción recomendada si crees que vas a pasar por un bache solo de forma temporal.
Al disolver una sociedad, lo que hacemos es poner fin a su actividad de forma permanente, sin posibilidad de retomar su existencia posteriormente. Significa a grandes rasgos extinguirla, eliminarla, sin ningún tipo de vuelta atrás. Por eso hay que estar muy seguro de no arrepentirse posteriormente. No obstante, cuando decidimos disolver una empresa hay que pasar por una serie de fases hasta su extinción final. Además, ten en cuenta que no sale especialmente barato.
Si estás seguro que ha llegado el momento de disolver la sociedad, te contamos las 3 fases del proceso por el que debe pasar hasta su extinción definitiva.
Una vez que se ha acordado su disolución, se ha de especificar el motivo concreto que ha llevado a ello. Al no haber vuelta atrás, es el primer paso para poner fin a la existencia empresarial, pero no el único. Esto es importante porque en esta fase aún mantiene su personalidad jurídica.
Las razones, aunque pueden ser variadas, todas ellas están se deben a no cumplir sus objetivos, bien sean económicos o empresariales. Además, deberá tener en cuenta que las causas sean promovidas por la Junta General. A grandes rasgos, se pueden resumir en tres.
-Inactividad
-Fin último cumplido o incumplido
-Pérdidas económicas severas
En primer lugar se puede disolver si llega a estar durante al menos un año sin prestar ningún tipo de servicio. Esto es, su inactividad. En segundo lugar, puede llegar a su disolución si la misión o el fin por el que se inició ya está cumplido o, debido a causas de peso, se ha incumplido. Por último, y como es lógico, deberá disolverse ante la imposibilidad de hacer frente a graves pérdidas. Es decir, que implica la reducción de su capital social (en sociedades limitadas) inferior a 3.005,06 €.
Es el paso anterior a que se produzca el cierre de forma oficial de la empresa. En este momento se deben cuadrar las cuentas y supone el último proceso antes del cierre definitivo.
Como decimos, para llegar a esa liquidación se necesita tener una serie de aspectos regularizados.
-Cuadrar balance
-Repartir bienes
-Cumplir con impuestos
-Reflejar ante notario
1- Cuadrar el balance es absolutamente fundamental. No solamente hablamos del cuadrar el clásico activo y pasivo igual a 0. Además, esto implica obviamente estar al corriente de todos los pagos, tanto a la Administración como a los acreedores.
2- También se deben repartir los bienes entre todos aquellos socios de la empresa que sean los propietarios de los mismos.
3- Se deberá reflejar ante notario y formalizar todo aquello que se realice. Un aspecto importante que puede costar en torno a los 250 €.
4- Aunque se vaya a extinguir una sociedad, requiere cumplir con una serie de impuestos. En el caso que nos ocupa, con el Impuesto sobre Sociedades, el IVA, el IRPF y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos.
Has de tener en cuenta que no todas las sociedades podrían acabar en su extinción. Existen 3 vías diferentes que puedes acometer al respecto.
En el caso de que hayamos realizado todos los pasos previos cumpliendo con la legalidad y con los procesos administrativos, llega el fin como tal con la extinción.
Las personas encargadas de liquidar la empresa entregan ante notario una escritura pública que certifica dicha extinción de la sociedad. En ella se refleja el balance de situación y, especialmente, que todos los aspectos financieros están conformes tanto para socios como para deudores.
Si crees que ha llegado el momento y aun así no sabes cómo disolver una sociedad, o quieres que alguien te ayude, ponte en contacto con nosotros y no te preocupes por nada más.
Copyright Gestoría Castilla y León ©2024. Todos los derechos reservados. Avisos legales